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La Resolución
General 20/2004 dictada el pasado 3 de septiembre
de 2004 por la Inspección General de Justicia
exige a los directores de sociedades anónimas
(S.A.) y a los integrantes de los órganos
de administración de sociedades en comandita
por acciones (S.C.A.) y de sociedades de responsabilidad
limitada (S.R.L.), la constitución a favor
de la sociedad de una garantía por un valor
mínimo de $ 10.000, el valor mínimo
se reduce a $ 2.000 para ciertos casos en las S.R.L..
Esta garantía puede ser cubierta por distintos
medios: efectivo o títulos públicos
-deben quedar en custodia de un tercero-, aval bancario
o póliza de seguro de caución.
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