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La Resolución General 20/2004 dictada el pasado 3 de septiembre de 2004 por la Inspección General de Justicia exige a los directores de sociedades anónimas (S.A.) y a los integrantes de los órganos de administración de sociedades en comandita por acciones (S.C.A.) y de sociedades de responsabilidad limitada (S.R.L.), la constitución a favor de la sociedad de una garantía por un valor mínimo de $ 10.000, el valor mínimo se reduce a $ 2.000 para ciertos casos en las S.R.L.. Esta garantía puede ser cubierta por distintos medios: efectivo o títulos públicos -deben quedar en custodia de un tercero-, aval bancario o póliza de seguro de caución.
 
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