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| Estos
seguros de caución ponen a disposición
de los litigantes un medio idóneo y económicamente
accesible para garantizar sus obligaciones procesales
derivadas de la aplicación de medidas cautelares: |
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Contracautela:
es la garantía que debe prestar quien
ha solicitado la traba de una medida cautelar
para garantizar los daños y perjuicios
que pudiera ocasionar en caso de haberla pedido
sin derecho. |
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| Sustitución
de medidas cautelares: mediante esta póliza
puede sustituirse la medida cautelar sufrida
por el demandado en un juicio, liberando de
esta manera el patrimonio afectado por dicha
medida. |
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