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Sepa que
Usted debe contratar obligatoriamente.
Estos
seguros rigen con carácter obligatorio
exclusivamente para todos los trabajadores
en relación de dependencia, cualquiera
sea la actividad que desarrolle y es independiente
de cualquier beneficio social, seguro ó
indemnización de cualquier naturaleza.
Excluye contratados por menos de un mes.
Seguro
de Vida Obligatorio (Dec.1567/74)
Riesgo Cubierto: Muerte por cualquier causa.
Capital Asegurado: $ 6.750 por persona (equivalente
a 60 M.O.P.R.E )
El costo mensual es de $ 1,30 por persona,
a cargo del empleador.
La facturación es trimestral, semestral
o anual, según la cantidad de adherentes
Seguro
Colectivo Obligatorio del Peón Rural
(Ley 16.600)
Riesgo Cubierto: Muerte por cualquier causa
Invalidez Total y Permanente
Capital Asegurado: $ 3.800